Tramite List
API endpoint para obtener trámites y servicios de la Secretaría de Cultura
GET /api/v2.0/tramites/?format=api
https://www.cultura.gob.ar/api/v2.0/tramites/4537/?format=api", "titulo": "Relevamiento de manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial en Argentina", "bajada": "Una herramienta que permite difundir las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial presentes en territorio nacional identificadas por instituciones, comunidades y personas interesadas en su salvaguardia.", "cuerpo": "<p>El concepto de patrimonio cultural inmaterial se institucionalizó en 2003 cuando la UNESCO aprobó la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, que es un acuerdo internacional para su gestión y protección. Dicho acuerdo fue ratificado por la República Argentina mediante la Ley 26.118.</p>\r\n<p>Las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial son prácticas, conocimientos y creencias; músicas, técnicas artesanales, juegos, relatos y tradiciones que han pasado de generación en generación; son rituales o maneras de hacer, nombrar, producir y celebrar que forman parte de la identidad cultural de una comunidad, que se continúan practicando hoy y que son transmitidas a las siguientes generaciones para reforzar su sentido de pertenencia.</p>\r\n<p>En el marco de la aplicación de la Convención UNESCO 2003 que alienta a los Estados Parte a proteger y promover tradiciones contemporáneas, la Dirección Nacional de Bienes y Sitios Culturales impulsa la identificación del patrimonio cultural inmaterial a través del relevamiento de manifestaciones que sean compatibles con los instrumentos internacionales vigentes en materia de derechos humanos, de respeto mutuo entre comunidades, grupos e individuos y de desarrollo sostenible.</p>\r\n<p>Para más información revisá las <strong><a href=\"/media/uploads/preguntas_frecuentes_-_relevamiento_pci_2018_sMNeu1c.tif\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">preguntas frecuentes</a>.</strong></p>\r\n<p>El Relevamiento de manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial en Argentina es una acción permanente y abierta a toda institución, comunidad o persona involucrada con la temática.</p>\r\n<p>Para participar será necesario seleccionar una manifestación cultural inmaterial en particular, completar todos los puntos del formulario de relevamiento, firmarlo, y enviar la propuesta por correo electrónico a <a href=\"mailto:[email protected]\">[email protected]</a>.</p>\r\n<p>Los interesados podrán descargar el formulario desde la lista disponible en la parte superior derecha de esta página. El documento se encuentra en formato pdf y en dos versiones dependiendo de cómo se quiera completar, digitalmente en computadora o impreso de puño y letra, esta última opción también deberá enviarse adjunta por correo electrónico.</p>\r\n<h3><strong><a href=\"/patrimonio-cultural-inmaterial-argentino-que-es-y-donde-esta_7275/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Conocé las manifestaciones que ya han sido relevadas acá</a></strong></h3>\r\n<p> </p>\r\n<p><strong>A partir d</strong><strong>e 2020</strong></p>\r\n<p><strong>Se encuentra disponible el cuestionario de monitoreo del impacto de la pandemia de covid-19 en las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial en territorio argentino.</strong></p>\r\n<p>Los interesados e interesadas pueden descargar, completar y enviar <a href=\"https://drive.google.com/file/d/1VnHreqdLnIfCBH0lxXe5LpyZzvkyr4m_/view\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">el cuestionario</a> al correo electrónico del área, o llenar el <a href=\"https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSeWtUcVuxbvH2GheaBa-yBeUbtXHVOMepvOE8rqS2MvL82rFA/viewform\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">formulario en línea desde aquí.</a></p>\r\n<p> </p>\r\n<p><strong>Consultas:</strong></p>\r\n<p>Área de Patrimonio Cultural Inmaterial<br />Dirección Nacional de Bienes y Sitios Culturales<br />Email: [email protected]</p>\r\n<p> </p>\r\n<h6>* Foto: Esperando la Procesión, Lagunas del Rosario, Mendoza. Autor: Leandro Alberto Marino.</h6>", "documentos": [ "https://www.cultura.gob.ar/media/uploads/ley_26118.pdf", "https://www.cultura.gob.ar/media/uploads/preguntas_frecuentes_-_relevamiento_pci_2018.jpg.pdf", "https://www.cultura.gob.ar/media/uploads/relevamiento_pci-printc_t0lihh4-logonuevo.pdf", "https://www.cultura.gob.ar/media/uploads/dnbsc_cuestionarioimpacto.covid.pdf", "https://www.cultura.gob.ar/media/uploads/formulario_01_para_completar_en_pc.pdf" ] }, { "url": "https://www.cultura.gob.ar/api/v2.0/tramites/3111/?format=api", "titulo": "Franquicia para la compra o importación de obras de arte", "bajada": "Las obras de arte originales, los objetos de colección y las antigüedades, para su circulación internacional, gozan de exenciones de los derechos de aduana o franquicias con la finalidad de favorecer el intercambio artístico-cultural entre las naciones.", "cuerpo": "<p>Las obras de arte originales gozan de una franquicia del 50% sobre el IVA con la finalidad de favorecer el mercado de obras de arte y a nuestros artistas.</p>\r\n<p>En este sentido, la declaración jurada de aplicación de franquicia es el instrumento que permite optar por el beneficio dispuesto por el<a href=\"/media/uploads/decreto_279-1997_sshEQ0h.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"> Decreto N° 279/199</a>7.</p>\r\n<h2><strong>¿Qué necesito antes de iniciar el trámite?</strong></h2>\r\n<p>Tiene que contar con CUIL o CUIT y clave fiscal nivel 2 o superior o ser usuario registrado en la página Mi Argentina.</p>\r\n<p>Factura o declaración jurada de valor de la/s obra/s digitalizada,</p>\r\n<p><strong>Datos precisos de la/s obra/s.</strong> (Autor, tipo de objeto, técnicas de producción, materiales, dimensiones expresadas en centímetros, su valor de mercado y la moneda)</p>\r\n<p><strong>Imágenes de la/s obra/s.</strong> Las imágenes deben contar con un número identificador que luego tendrá que colocar al momento de completar los datos en el formulario del bien <em>(Foto número (correspondiente al número de la imagen que subirá)</em>. </p>\r\n<p>Recomendamos que ese número sea colocado previamente sobre la imagen. También se recomienda, para el caso de 2 o más imágenes, preparar un documento de WORD (con 2 imágenes por hoja como máximo) con todas las imágenes en orden e indicando debajo de cada una el número de foto correspondiente a los formularios y al momento de adjuntar las imágenes sube este documento de Word, previamente preparado, con todas la imágenes juntas.</p>\r\n<h2><strong>¿Cómo se consigue?</strong></h2>\r\n<p>La franquicia puede solicitarse por internet a través de la página de <a href=\"http://www.tramitesadistancia.gob.ar\">Trámites a Distancia</a>, ingresando a la misma mediante la opción AFIP con CUIL o CUIT y clave fiscal nivel 2 o superior, o con usuario registrado en la página <a href=\"https://www.argentina.gob.ar/miargentina\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">MI ARGENTINA.</a></p>\r\n<p><img src=\"/media/uploads/franq_1b.jpg\" alt=\"\" /></p>\r\n<p><img src=\"/media/uploads/franq_2b.jpg\" alt=\"\" /></p>\r\n<p><img src=\"/media/uploads/franq_3b.jpg\" alt=\"\" /></p>\r\n<p>Una vez que haya ingresado a Trámites a Distancia, el buscador le permite encontrar el trámite deseado a través de las siguientes palabras clave: “<strong>obras de arte</strong>”.</p>\r\n<p><img src=\"/media/uploads/franq_4b.jpg\" alt=\"\" /></p>\r\n<p>El buscador encontrará 6 resultados a su búsqueda, y de ese listado deberá seleccionar “Obras de Arte / Aplicación de franquicia – Decreto N° 279/97 (modificado por el decreto N|1044/98)” haciendo click en INICIAR TRAMITE.</p>\r\n<p><img src=\"/media/uploads/franq_5b.jpg\" alt=\"\" /></p>\r\n<p>Luego de iniciar el trámite se le pedirá que complete la información necesaria para obtener el documento deseado, la página le indicará cuál información es obligatoria.</p>\r\n<p>El primero de los formularios obligatorios a completar le solicitará el país de procedencia de la obra de arte, cantidad de bienes, el motivo -si es una importación o una compra en el mercado local- el valor total y en qué moneda está expresado (el valor debe coincidir con la factura o con la declaración jurada de valor que tendrá que adjuntar más adelante en esta solicitud).</p>\r\n<p><img src=\"/media/uploads/franq_6b.jpg\" alt=\"\" /></p>\r\n<p>El segundo formulario obligatorio a completar se llama “Detalle Bienes Culturales por Autor” y le solicitará datos del autor y de la/s obra/s de arte.</p>\r\n<p>Se utilizará un formulario por autor y si existe más de una obra de un mismo autor, al completar el formulario para declarar varias obras de un mismo autor, debe clickear el signo más (+) color azul que aparece justo después de los datos del autor.</p>\r\n<p><img src=\"/media/uploads/franq_7b.jpg\" alt=\"\" /></p>\r\n<p>Los próximos pasos obligatorios son adjuntar una imagen de cada obra de arte y la factura o declaración jurada de valor.</p>\r\n<p><img src=\"/media/uploads/franq_8b.jpg\" alt=\"\" /></p>\r\n<p>Por último, deberá clickear en <strong>CONFIRMAR TRAMITE</strong></p>\r\n<p>Luego de haber confirmado el trámite se le notificará a través de la misma página la emisión de su franquicia en el término de dos días hábiles administrativos salvo que se le notifique la necesidad de realizar subsanaciones sobre la solicitud.</p>\r\n<p>Se recomienda anotar el número de expediente, descargar toda la documentación electrónica oficial a su ordenador e imprimirla. Esta es la documentación que presentará ante AFIP para hacer efectiva la aplicación de la franquicia para obra de arte.</p>\r\n<p>Consultas: <a href=\"mailto:[email protected]\"><strong>[email protected]</strong></a></p>", "documentos": [ "https://www.cultura.gob.ar/media/uploads/decreto_279-1997.pdf" ] }, { "url": "https://www.cultura.gob.ar/api/v2.0/tramites/3112/?format=api", "titulo": "Licencia de exportación, Aviso de Exportación y Aviso de Importación de obras de arte (Ley 24633 – Circulación de obras de arte)", "bajada": "¿Cómo y en cuánto tiempo se consigue?, ¿dónde se obtiene?, ¿qué documentación se debe presentar?, ¿cómo es el procedimiento?, ¿quién debe efectuarlo?, ¿qué vigencia tiene y cuál es el costo?", "cuerpo": "<h2><strong>¿Cuál es la diferencia entre Aviso de exportación y Licencia de exportación?</strong></h2>\r\n<p>El Aviso de Exportación aplica a obras de artistas nacionales y extranjeros, vivos o fallecidos hasta el término de 50 años a contar desde la fecha de deceso del autor. La Licencia de exportación aplica a la obra de artistas nacionales y extranjeros fallecidos hace más de 50 años, ilegibles, anónimos y desconocidos.</p>\r\n<h2><strong>¿Para qué sirve el Aviso de Importación?</strong></h2>\r\n<p>El Aviso de Importación es el documento necesario para el ingreso de obras de arte al país, sean de autor desconocido o no, vivo o fallecido, siempre que no se cuente con el certificado de exportación emitido por el país de procedencia, en cuyo caso será documentación suficiente para presentar ante la Aduana de ingreso.</p>\r\n<h2><strong>¿Qué necesito antes de iniciar el trámite?</strong></h2>\r\n<p>Tiene que contar con CUIL o CUIT y clave fiscal nivel 2 o superior o ser usuario registrado en la página Mi Argentina.</p>\r\n<p><strong>Datos del envío</strong>. País de destino (para exportación) o país de procedencia (para importación) – Si la exportación o importación será temporal o definitiva. (Tener en cuenta que si la exportación es temporaria los motivos aceptados serán por exposición, exhibición estudio o expertizaje. Para el resto de los motivos solo se aceptara una exportación definitiva). </p>\r\n<p><strong>Aduana.</strong> Indicar la Aduana por la que realizará la exportación o la importación.</p>\r\n<p><strong>Datos precisos de la/s obra/s.</strong> (Autor, tipo de objeto, técnicas de producción, materiales, dimensiones expresadas en centímetros, su valor de mercado y la moneda)</p>\r\n<p><strong>Imágenes de la/s obra/s</strong>. Las imágenes deben contar con un número identificador que luego tendrá que colocar al momento de completar los datos en el formulario del bien <em>(Foto número (correspondiente al número de la imagen que subirá)</em>. </p>\r\n<p>Recomendamos que ese número sea colocado previamente sobre la imagen. También se recomienda, para el caso de 2 o más imágenes, preparar un documento de WORD (con 2 imágenes por hoja como máximo) con todas las imágenes en orden e indicando debajo de cada una el número de foto correspondiente a los formularios y al momento de adjuntar las imágenes sube este documento de Word, previamente preparado, con todas la imágenes juntas.</p>\r\n<h2><strong>¿Cómo se pueden obtener estos documentos?</strong></h2>\r\n<p>La Licencia de Exportación, el Aviso de Exportación y el Aviso de Importación se obtienen por internet a través de la página de <a href=\"https://www.tramitesadistancia.gob.ar/\">Trámites a Distancia</a>, ingresando a la misma mediante la opción AFIP con CUIL o CUIT y clave fiscal nivel 2 o superior o con usuario registrado en la página <a href=\"https://www.argentina.gob.ar/miargentina\">MI ARGENTINA </a> .</p>\r\n<p><img src=\"/media/uploads/1_D5H6kJB.jpg\" alt=\"\" /></p>\r\n<p>Una vez que haya ingresado a Trámites a Distancia, el buscador le permite encontrar el trámite deseado a través de las siguientes palabras clave: “obras de arte”.</p>\r\n<p><img src=\"/media/uploads/2_R9lFfTA.jpg\" alt=\"\" /></p>\r\n<p>Luego de visualizar el trámite que desea solicitar, dar click en INICIAR TRÁMITE para comenzar a completar la información necesaria para obtener el documento deseado, la página le indicará cuál información es obligatoria.</p>\r\n<h2>1er. Paso – Trámite seleccionado y datos personales</h2>\r\n<p><img src=\"/media/uploads/imagen_3_-_tramite_seleccionado_y_datos_personales.jpg\" alt=\"\" /></p>\r\n<p>Luego de corroborar que todos los datos cargados que muestra el sistema son correctos, hacer click en continuar.</p>\r\n<h2>2do. Paso – Inicio de carga de información</h2>\r\n<p>En la nueva pantalla que aparece, le indicará con un asterisco rojo (*) cuales son los formularios obligatorios que deberá completar, debiendo comenzar por el primero de la lista, “Datos del trámite”. Haciendo click en COMPLETAR, como lo indica la imagen, podrá iniciar. Finalizada la carga de este formulario debe continuar, con el mismo procedimiento, con los formularios siguientes obligatorios de la lista.</p>\r\n<p><img src=\"/media/uploads/imagen_4_-licencia_y_avisos.jpg\" alt=\"\" /></p>\r\n<p>*En este instructivo solo se detallarán los documentos marcados como obligatorios. Tiene formularios NO OBLIGATORIOS como “Documentos adjuntos adicionales (tasaciones, informes técnicos y otros documentos aportados por el solicitante) y las declaraciones de datos del exportador o importador que solo deberá completarlos si precisa o desea agregar información adicional, o bien para declarar los datos de la persona que realizará el traslado de la/s obra/s si ésta es distinta de la que realizó el trámite.</p>\r\n<h2>3er. Paso – Datos del trámite</h2>\r\n<p>En este Paso le solicitará que indique si la exportación o importación será definitiva o temporaria y el motivo de la misma. Tener en cuenta que si la exportación es temporaria los motivos aceptados son exposición, exhibición estudio o expertizaje. El resto de los motivos solo aplican para una exportación definitiva.</p>\r\n<p>También deberá colocar la cantidad total de obras que va a declarar, la moneda y la suma total del valor de los bienes. (Siempre debe colocar un valor de mercado de las obras aunque la exportación sea por obsequio, donación).</p>\r\n<p>Indicar el puesto aduanero por el que realizará la presentación de la documentación.</p>\r\n<p>Una vez realizada la carga de todos los datos solicitados, hacer click en GUARDAR para pasar al próximo paso.</p>\r\n<p><img src=\"/media/uploads/imagen_5_-licencia_y_avisos.jpg\" alt=\"\" /></p>\r\n<h2>4to. Paso - Detalle bienes culturales </h2>\r\n<p>Se aclara que este formulario es por autor y no por obra. </p>\r\n<p>Al completar este formulario “DETALLE DE BIENES CULTURALES POR AUTOR” puede declarar varias obras de un mismo autor y para ello debe clickear el signo más (+) color azul que aparece justo después de los datos del autor. Esto es para agregar debajo, sin salir del formulario, la cantidad de obras que necesite declarar de ese mismo autor.</p>\r\n<p>Tener en cuenta que puede agrupar también las obras de autores anónimos, desconocidos o de firma ilegible, cada uno como si fuera un autor. Por ejemplo, si tiene 5 obras de autores anónimos, utiliza un formulario donde va indicar que el autor es anónimo y agrega las 4 obras restantes haciendo click en el símbolo más (+) color azul para completar las 5 obras a declarar. De esta forma puede declarar todas las obras de autor anónimo en un solo formulario.</p>\r\n<p><img src=\"/media/uploads/imagen_6_-licencia_y_avisos.jpg\" alt=\"\" /></p>\r\n<h2>5to. Paso – Imagen del bien cultural </h2>\r\n<p>En este paso deberá adjuntar la o las imágenes de la/s obra/s. </p>\r\n<p>Esta imagen debe mantener el número que le asignó al momento de declarar los datos de la obra por autor <em>(Foto número (correspondiente al número de la imagen que subirá)</em>. </p>\r\n<p>Recomendamos que ese número sea colocado previamente sobre la imagen. También se recomienda, para el caso de dos (2) o más imágenes, preparar un documento de WORD (con dos (2) imágenes por hoja como máximo) con todas las imágenes en orden e indicando debajo de cada una el número de foto correspondiente a los formularios y al momento de adjuntar las imágenes sube este documento de Word, previamente preparado, con todas la imágenes juntas.</p>\r\n<h2>6to. Paso – Confirmar el trámite </h2>\r\n<p>Una vez cargada toda la información obligatoria deberá hacer click en CONFIRMAR TRÁMITE y aparecerá la leyenda “el trámite se generó con éxito” y le informará el número de expediente (Ej. EX-2021-123456789- -APN DNBYSC#MC) correspondiente. </p>\r\n<p><img src=\"/media/uploads/imagen_7_-licencia_y_avisos.jpg\" alt=\"\" /></p>\r\n<p>Si está tramitando una Licencia de Exportación, luego de haber confirmado el trámite deberá aguardar que se le notifique a través de la misma página la emisión de su Licencia de Exportación. Este proceso demora dos (2) días hábiles administrativos salvo que se le notifique la necesidad de realizar análisis más específicos sobre las obras de arte en cuestión, de acuerdo a los procedimientos reglamentados por la Resolución MC 323/2018.</p>\r\n<p>Si está tramitando un Aviso de Exportación o un Aviso de Importación, una vez que haya confirmado el trámite, deberá aguardar que se le notifique a través de la misma página que su aviso está aprobado. Este proceso demora dos (2) días hábiles administrativos salvo que se le notifique la necesidad de realizar análisis más específicos sobre las obras de arte en cuestión, de acuerdo a los procedimientos reglamentados por la Resolución MC 323/2018. Si su solicitud ha sido autorizada, entonces deberá descargar toda la documentación electrónica oficial del expediente.</p>\r\n<p>Se recomienda anotar el número de expediente, descargar toda la documentación electrónica oficial a su ordenador e imprimirla. Esta es la documentación que presentará ante los organismos de control.</p>\r\n<h2><strong>¿Puedo generar un Aviso / Licencia para que las obras de arte las lleve otra persona?</strong></h2>\r\n<p>Si</p>\r\n<p>Si las obras de arte saldrán o ingresarán al país con una persona distinta a la que inició el trámite -con su CUIL o CUIT en la web- deberá completarse el formulario de “DECLARACIÓN DE DATOS DEL COMPRADOR/EXPORTADOR/IMPORTADOR”: en este formulario deberá declarar los datos de la persona que saldrá o ingresará al país con las obras de arte.</p>\r\n<p><strong style=\"font-size: 14px;\">Licencia de exportación -Declaración de datos del exportador.</strong></p>\r\n<p>Para el caso de la Licencia de exportación, solo podrá generar la declaración de Datos del Exportador/Comprador con posterioridad a la aprobación de la solicitud de licencia. Deberá completar los datos necesarios mediante el trámite “Declaración de Datos del Comprador/Exportador de Bienes Culturales/Obras de Arte” en trámites a distancia. El formulario requerirá cargar el número de expediente y fecha de la licencia generada previamente para vincular el trámite anterior a esta Declaración.</p>\r\n<p>Luego se completarán los datos del Comprador / Exportador y el sistema le solicitará que vuelva a cargar la imagen del bien a exportar. De esta manera, podrá asociar su Licencia de Exportación, Aviso de Exportación o Aviso de Importación previamente generada a la Declaración de Datos del Comprador/Exportador.</p>\r\n<p><img src=\"/media/uploads/imagen_8_-licencia_y_avisos.jpg\" alt=\"\" /></p>\r\n<p> </p>\r\n<p><strong>Aviso de exportación y Aviso de importación -Declaración de datos del exportador o importador.</strong></p>\r\n<p>Al realizar el trámite de Aviso de Exportación o Aviso de Importación mediante la página de Trámites a Distancia encontrará la opción de “Declaración de Datos del Comprador/Exportador de Bienes Culturales/Obras de Arte” o “Declaración de Datos del Importador/Comprador/Obras de arte” donde podrá consignar los datos del exportador o importador/comprador , al mismo tiempo que genera el Aviso de Exportación o Aviso de Importación correspondiente.</p>\r\n<p>En caso de que ya haya generado el Aviso de Exportación o Aviso de Importación y quiera declarar con posterioridad los datos del comprador / exportador o Importador / comprador de las obras de arte, podrá completar los datos necesarios mediante los trámites Declaración de Datos del Comprador/Exportador de Bienes Culturales/Obras de Arte” o “Declaración de Datos del Importador/Comprador/Obras de arte” según corresponda.</p>\r\n<p>El formulario requerirá cargar el número de expediente y fecha del Aviso generado previamente para vincular el trámite anterior a esta Declaración.</p>\r\n<p>Luego se completarán los datos del Comprador / Exportador y el sistema le solicitará que vuelva a cargar la imagen del bien a exportar. De esta manera, podrá asociar su Aviso de Exportación o Aviso de Importación previamente generado a la Declaración de Datos del Comprador/Exportador.</p>\r\n<p><img src=\"/media/uploads/imagen_9_-licencia_y_avisos.jpg\" alt=\"\" /></p>\r\n<p>Recuerde que para ingresar a <a href=\"https://www.tramitesadistancia.gob.ar/\">Trámites a Distancia</a> es necesario contar con Nº de CUIT/CUIL y clave fiscal.</p>\r\n<h2><strong>Generado el aviso de exportación, ¿es necesario algún trámite adicional?</strong></h2>\r\n<p>No. El aviso de exportación es suficiente para exportar obras de arte y deberá ser presentado ante las autoridades aduaneras al momento de la exportación.</p>\r\n<h2><strong>Una vez que tengo la licencia de exportación, ¿Es necesario algún trámite adicional?</strong></h2>\r\n<p>Solamente deberá hacer el trámite aduanero correspondiente.</p>\r\n<h2><strong>¿Quién puede realizar los trámites?</strong></h2>\r\n<p>Todas las personas, argentinas o extranjeras, pueden realizar los trámites.</p>\r\n<h2><strong>¿Hay límite de obras para exportar?</strong></h2>\r\n<p>No, no hay límite para la circulación de arte.</p>\r\n<h2><strong>¿Cuántas obras puedo llevar como equipaje acompañado?</strong></h2>\r\n<p>Se pueden llevar hasta 15 obras de artistas vivos o fallecidos hasta el término de 50 años a contar desde la fecha de deceso del autor. (Aviso de exportación)</p>\r\n<h2><strong>¿Qué validez de tiempo tienen el aviso y la licencia?</strong></h2>\r\n<p>El Aviso y la Licencia tienen valor de Declaración Jurada y tienen validez de 1 año a partir de su emisión.</p>\r\n<h2><strong>¿A partir de cuándo puedo utilizar el Aviso de exportación o el Aviso de importación?</strong></h2>\r\n<p>Los Avisos pueden utilizarse a partir de los dos (2) días hábiles administrativos de iniciado el trámite. En ese plazo la Dirección Nacional de Bienes y Sitios Culturales podrá solicitar aclaraciones y/o correcciones.</p>\r\n<p>Pasados los dos (2) días hábiles administrativos de iniciado el trámite y no habiendo recibido solicitud de aclaración y/o corrección a realizar, el Aviso se considerará aprobado.</p>\r\n<h2><strong>¿Cuánto demora obtener la licencia de exportación?</strong></h2>\r\n<p>La licencia se emite en un plazo de dos (2) días hábiles administrativos, siempre y cuando la Dirección Nacional de Bienes y Sitios Culturales no tenga ninguna observación formal o requiera revisión técnica.</p>\r\n<h2><strong>¿Cuál es el costo?</strong></h2>\r\n<p>El trámite ante el Ministerio de Cultura es gratuito.</p>\r\n<h2><strong>Como galerista o artista, ¿Puedo tramitar el aviso o la licencia de exportación previo a la venta de la obra?</strong></h2>\r\n<p>Sí, el aviso o la licencia se pueden tramitar antes de vender la obra. Posteriormente, se deberán consignar los datos del comprador/exportador.</p>\r\n<p>Se recomienda anotar el número de expediente, descargar toda la documentación electrónica oficial a su ordenador e imprimirla, ya que es la documentación que necesitará al momento de consignar los datos del comprador/exportador.</p>\r\n<h2><strong>¿Qué documentación debo entregar al comprador/exportador / importador de la obra?</strong></h2>\r\n<p>Debe imprimir y entregar toda la documentación oficial asociada al expediente del Aviso de Exportación o Licencia de Exportación junto con la documentación del expediente de Declaración de Datos del Comprador/Exportador de Bienes Culturales/Obras de arte.</p>\r\n<p><strong>Consultas: <a href=\"mailto:[email protected]\">[email protected]</a></strong></p>", "documentos": [ "https://www.cultura.gob.ar/media/uploads/resolucion_323_2018.pdf", "https://www.cultura.gob.ar/media/uploads/decreto_217_2018.pdf", "https://www.cultura.gob.ar/media/uploads/ley_24.633_del_20_3_96.pdf" ] }, { "url": "https://www.cultura.gob.ar/api/v2.0/tramites/3352/?format=api", "titulo": "SENIP | Servicio Nacional de Inventarios de Patrimonio", "bajada": "Es una herramienta para difundir el conjunto de bienes que integran el patrimonio cultural argentino. Ofrece información sobre los bienes culturales registrados de acuerdo con sus especificidades y tipologías.", "cuerpo": "<p>http://senip.cultura.gob.ar/</p>", "documentos": [] }, { "url": "https://www.cultura.gob.ar/api/v2.0/tramites/3113/?format=api", "titulo": "Declaración de interés cultural", "bajada": "Requisitos, ¿Cómo se realiza el trámite?, ¿Cuánto cuesta?, ¿Quién puede/debe efectuarlo?, ¿Cuándo es necesario realizarlo?, ¿Qué vigencia tiene el documento tramitado?, ¿Cuántas veces hay que asistir al organismo para realizar el trámite?", "cuerpo": "<h2>Qué documentación se debe presentar? Requisitos</h2>\r\n<p>1.- Presentar una NOTA dirigida al Secretario de Cultura de la Nación solicitando la declaración de interés cultural. En la misma debe constar:<br />- Fecha de realización del evento.<br />- Firma, y copia del documento (DNI, LE, LC) de el/los solicitante/s. En caso de corresponder, enviar copia de la designación del cargo por el cual realiza el pedido.<br />- Domicilio, teléfono, celular y correo electrónico del solicitante para contactarlo.<br />2.- Una breve reseña de los antecedentes de la entidad o sociedad organizadora del evento.<br />3.- Si pertenece a una Institución, enviar copia del estatuto y acta de autoridades, ambas certificadas por autoridad competente.<br />4.- Nómina de eventos similares organizados por la institución solicitante, fotos y repercusiones.<br />5.- Detalle de los temas que serán desarrollados en el evento, programa de la actividad.<br />6.- Nómina de organismos y/o personalidades que han comprometido su participación y/o adhesión, y su carácter municipal, nacional o internacional, según sea el caso. Comprobante de las adhesiones.<br />7.- Todo otro dato que pueda resultar de interés para evaluar la viabilidad de la petición.</p>\r\n<h2>¿Cómo se realiza el trámite?</h2>\r\n<p>1.- Presentar la documentación, en forma personal o por correo postal, en la Mesa de Entradas del Ministerio de Cultura de la Nación sita en Avda. Alvear 1690, subsuelo, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes, en el horario de 10 a 16.<br />2.- Se le envía al solicitante vía correo electrónico la comunicación y copia de la resolución que otorga el auspicio.</p>\r\n<h2>¿Cuánto cuesta?</h2>\r\n<p>El trámite es gratuito.</p>\r\n<h2>¿Quién puede/debe efectuarlo?</h2>\r\n<p>Organismos centralizados y descentralizados, empresas, sociedades y cualquier otro que desee lograr la declaración de \"interés cultural\".</p>\r\n<h2>¿Cuándo es necesario realizarlo?</h2>\r\n<p>La solicitud para la declaración de interés cultural debe iniciarse <strong><u>mínimo</u></strong> tres meses antes de la realización del evento.</p>\r\n<h2>¿Qué vigencia tiene el documento tramitado?</h2>\r\n<p>La declaración de interés cultural será expedida para la reunión, congreso, seminario, obra de teatro, etc. que se solicita.</p>\r\n<h2>¿Cuántas veces hay que asistir al organismo para realizar el trámite?</h2>\r\n<p>Debería asistir UNA vez:<br />1.- Concurrir a la Mesa de Entradas del Ministerio de Cultura de la Nación sita en Avda. Alvear 1690, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el horario de 10 a 16 para entregar la carta de solicitud con la documentación correspondiente.</p>\r\n<p><strong>IMPORTANTE: Se le envía al solicitante vía correo electrónico la comunicación y copia de la resolución que otorga el auspicio.</strong></p>\r\n<p><strong>Por dudas, se puede consultar escribiendo a <a href=\"mailto:[email protected]\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">[email protected]</a></strong></p>", "documentos": [] }, { "url": "https://www.cultura.gob.ar/api/v2.0/tramites/3110/?format=api", "titulo": "SInCA | Sistema de Información Cultural de la Argentina", "bajada": "Sistema integrado de información de alcance nacional y federal que conforma una herramienta indispensable para el diseño e implementación de políticas públicas de fuerte impacto.", "cuerpo": "", "documentos": [] }, { "url": "https://www.cultura.gob.ar/api/v2.0/tramites/3109/?format=api", "titulo": "CONar | Colecciones Nacionales Argentinas", "bajada": "Diseñado para registrar, inventariar y gestionar las colecciones de todo organismo que custodie bienes culturales.", "cuerpo": "", "documentos": [] }, { "url": "https://www.cultura.gob.ar/api/v2.0/tramites/3108/?format=api", "titulo": "MEMORar | Fondos Documentales Históricos", "bajada": "Permite acceder a los fondos documentales que por su valor histórico son patrimonio cultural de la Nación.", "cuerpo": "", "documentos": [] } ] }{ "count": 8, "next": null, "previous": null, "results": [ { "url": "