5 datos de la reglamentación que favorece la circulación de obras argentinas por el mundo
5 datos de la reglamentación que favorece la circulación de obras argentinas por el mundo

5 datos de la reglamentación que favorece la circulación de obras argentinas por el mundo

Arte
Mauricio Macri, Marcos Peña y Pablo Avelluto firmaron la reglamentación de la modificación de la Ley Nº 24.633, que formaba parte del DNU publicado el 10 de enero; aquí, un resumen de la misma y cinco datos a tener en cuenta
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El presidente Mauricio Macri, el jefe de Gabinete Marcos Peña y el Ministro de Cultura, Pablo Avelluto, firmaron la reglamentación de la modificación de la Ley Nº 24.633, orientada a favorecer la circulación internacional bienes culturales y dinamizar el sector de las artes visuales y de sus creadores y gestores.

Desde la sanción de la Ley Nº 24.633, en abril de 1996, el sector ha experimentado grandes cambios a nivel mundial, donde se destaca una mayor circulación de obras de arte entre países, debido a la mayor cantidad de ferias y exposiciones existentes en el mundo. Por lo tanto, los plazos y procedimientos previstos han quedado obsoletos e ineficientes en relación a las necesidades que en general se plantean en el ámbito de la exportación e importación de bienes, y en particular en relación a las obras de arte.

La reglamentación de la modificación de la Ley Nº24.633, que formaba parte del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) publicado el 10 de enero, permite, a partir de hoy:

  1. exportar hasta quince obras de artistas nacionales e internacionales, vivos o fallecidos hasta hace 50 años, realizando vía web un aviso de exportación ante el  Ministerio de Cultura.
  2. El aviso de exportación es válido por un año,  tiene el valor de Declaración Jurada y lo que emite la web sirve para presentarlo al momento de salir del país. Se puede hacer como encomienda o como equipaje. En la segunda opción, si es acompañado, el límite es hasta quince obras.
  3. Cuando se trata de obras de artistas nacionales e internacionales fallecidos hace más de 50 años, anónimos y desconocidos, lo que se hace es una licencia. Este trámite demora 48 horas para que, en el caso de que lo requiera, el Ministerio de Cultura de la Nación pueda realizar alguna observación.
  4. Tanto el aviso como la licencia de exportación se pueden tramitar con anterioridad a la venta de la obra. Luego, una vez vendida, se deben informar en el sistema los datos del comprador para que sea expedida a su nombre.
  5. La reglamentación apunta a una mayor seguridad jurídica, eficiencia y transparencia del sistema, y a su vez simplifica los plazos y procedimientos que se deben cumplir.