Resolución Tecnópolis

Número: RESOL- 2020- 274- APN- MC

Referencia: RESOLUCION MC - Expediente Electrónico EX-2020-24237316- -APN-CGD#MECCYT

 

VISTO el Expediente No EX-2020-24237316- -APN-CGD#MECCYT, el Decreto No 1344 del 4 de Octubre de 2007, el Decreto No 1030 de fecha 15 de Septiembre de 2016 y sus modificatorios y complementarios, los Decretos de Necesidad y Urgencia No 260 de fecha 12 de marzo de 2020 y No 287 de fecha 17 de marzo de 2020, la Decisión Administrativa No 409 de fecha 18 de marzo de 2020 y la Disposición No 48 de fecha 19 de marzo de 2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES y su correspondiente Anexo, y CONSIDERANDO:

Que en virtud de la evolución de la pandemia denominada COVID-19 y a los efectos de reducir las posibilidades de contagio, el Gobierno Nacional declaró la emergencia sanitaria por medio del Decreto de Necesidad y Urgencia No 260/2020.
Que la dinámica de la pandemia y su impacto sobre la vida y la salud de la población en su conjunto, ha demostrado la necesidad de establecer procedimientos de adquisición de bienes y servicios en la emergencia que habiliten a todas las áreas comprometidas en dar respuestas integrales, a utilizar herramientas que otorguen celeridad y eficacia a la atención de las necesidades que se presenten, sin mengua de la transparencia que debe primar en todo el obrar público.
Que bajo tal directriz, con fecha 17 de marzo de 2020 se emitió el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 287/2020, por cuyo conducto se intensificaron las medidas implementadas por su similar N° 260/2020, atento a la evolución de la pandemia.
Que en concreto dicho acto administrativo en su artículo 3° establece: “Incorpórase como artículo 15 ter al Decreto N° 260/20, el siguiente: ‘ARTÍCULO 15 TER: Durante el plazo que dure la emergencia, las jurisdicciones, organismos y entidades comprendidos en el artículo 8° incisos a) y b) de la Ley N° 24.156, estarán facultados para efectuar la contratación directa de bienes y servicios que sean necesarios para atender la emergencia, sin sujeción al régimen de contrataciones de la Administración Pública Nacional o a sus regímenes de contrataciones específicos. En todos los casos deberá procederse a su publicación posterior en la página web de la Oficina Nacional de Contrataciones y en el Boletín Oficial”.
Que asimismo, por el artículo 3° antes citado se facultó al Jefe de Gabinete de Ministros a establecer los principios y pautas que regirán el procedimiento de contrataciones de bienes y servicios en el contexto de la emergencia decretada.
Que en el marco de dicha facultad se emitió la Decisión Administrativa N° 409/2020, por la cual se establece, en su artículo 1°, que los principios generales a los que deberá ajustarse la gestión de los procedimientos de selección bajo el Procedimiento de Contratación de Bienes y Servicios en la Emergencia, que se lleven a cabo para atender la emergencia en el marco de lo establecido en el Decreto N° 260/20, serán los enumerados en el artículo 3° del Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Nacional aprobado por el Decreto N° 1023/01.
Que en ese orden de ideas, por el citado Expediente se gestiona la CONTRATACIÓN DIRECTA POR
EMERGENCIA COVID-19 No 002/2020, cuyo objeto es la contratación de UN (1) servicio de mantenimiento, reparación de techos, filtraciones, zinguerias y desagües pluviales en diversos edificios y construcciones situados dentro del predio PARQUE TECNÓPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGÍA, CULTURA Y ARTE para ser utilizado en la emergencia sanitaria declarada mediante Decreto 260/2020, encuadrando dicha contratación en el marco de lo previsto por el Artículo 1o de la Disposición No 48/2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES y su correspondiente Anexo.
Que tratándose de una contratación directa por emergencia COVID-19, se propicia en este único acto la aprobación y adjudicación del presente procedimiento con encuadre en la Decisión Administrativa No 409/2020 y la Disposición No 48/2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.
Que para el presente procedimiento se aplicó lo establecido en el Anexo aprobado por el Artículo 1o de la mencionada Disposición No 48/2020.
Que el presente procedimiento resulta accesorio al trámite del Convenio Interadministrativo iniciado mediante expediente EX-2020-19643239- -APN-CGD#MECCYT, por el cual se gestiona la cesión para el uso precario temporal y gratuito del predio correspondiente al “Estadio del Bicentenario” o “Estadio Tecnópolis” y de los espacios adyacentes que oportunamente se determinen, entre este MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN y el MINISTERIO DE SALUD de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES (MSPBA).
Que en la CLAUSULA TERCERA del mencionado convenio se proyecta: “En el espacio objeto de la presente cesión de uso el MSPBA procederá a la instalación y operación de un Hospital de Mediana Complejidad (en adelante, “HOSPITAL”) para atención de los pacientes que determinen y deriven las autoridades del MSPBA en coordinación con la autoridad de coordinación nacional de la emergencia”
Que en el marco de poder dar cumplimiento al objeto de la cesión de uso del convenio mencionado, es que se fundamenta la necesidad de contratar el presente servicio bajo la modalidad de CONTRATACIÓN DIRECTA POR EMERGENCIA COVID-19.
Que la UNIDAD GABINETE DE ASESORES del MINISTERIO DE CULTURA solicitó mediante nota NO-2020- 24771414-APN-UGA#MC y NO-2020-24771414-APN-UGA#MC la ... “reparación urgente en techos, zinguerias y desagües pluviales de diversos edificios y espacios del Parque Tecnópolis que se requieren para evitar las filtraciones y goteras registradas en las instalaciones destinadas a alojar enfermos leves infectados por Coronavirus COVID 19 en el marco de la emergencia”....

Que se procedió entonces de acuerdo a lo establecido por los puntos 1° y 2° del Anexo de la Disposición N° 48 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de fecha 19 de Marzo de 2020, y se cursaron las invitaciones correspondientes (punto 3° a, b y d del Anexo de la misma norma), se corroboro asimismo que la nómina de proveedores del rubro correspondiente a los servicios a adquirir se encuentren inscriptos en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO) asociado al Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional (COMPR.AR), al momento de efectuarse las invitaciones.

Que según consta mediante informes N.o IF-2020-25477579-APN-DCYC#MC, N.o IF-2020-25005026-APN- DCYC#MC, N.o IF-2020-25005366-APN-DCYC#MC, e N.o IF-2020-25005699-APN-DCYC#MC se cursó invitación a cotizar a los siguientes proveedores: “ELSEG S.R.L.” (CUIT 30-71061789-5) , “GRUPO CMZ S.R.L..” (CUIT 30-71304620-1), “FISACO S.A.” (CUIT 33-71503734-9) y KIR S.R.L. (CUIT 30-70223204-6).
Que mediante informes No IF-2020-24992954-APN-DCYC#MC, IF-2020-24999395-APN-DCYC#MC, IF-2020- 24999878-APN-DCYC#MC e IF-2020-25000884-APN-DCYC#MC surge el estado de inscripción en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO) asociado al Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional (COMPR.AR) de los proveedores invitados a cotizar.
Que según da cuenta el acta No IF-2020-25494464-APN-DCYC#MC, suscripta por la Titular de la Unidad
Operativa de Compras y la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA de este Ministerio, de fecha 13 de abril de 2020, no se recepcionaron ofertas para el presente procedimiento.
Que mediante IF-2020-25495249-APN-DCYC#MC la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
informó que atento a la falta de ofertas el llamado de la CONTRATACIÓN DIRECTA POR EMERGENCIA
COVID 19 No 002/2020 resultó desierto. Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto en el Decreto No 1030/16, el Decreto No 1344/07, el Decreto No 50/19 y lo previsto por la Disposición No 48/2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES y su correspondiente Anexo.

Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Aprobar el procedimiento seguido en la CONTRATACIÓN DIRECTA POR EMERGENCIA
COVID-19 No 002/2020, cuyo objeto es la contratación de UN (1) servicio de mantenimiento, reparación de techos, filtraciones, zinguerias y desagües pluviales en diversos edificios y construcciones situados dentro del predio
PARQUE TECNÓPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGÍA, CULTURA Y ARTE para ser
utilizado en la emergencia sanitaria declarada mediante Decreto No 260/2020, amparada en lo previsto por el Artículo 1o de la Disposición No 48/2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES y su
correspondiente Anexo.
ARTÍCULO 2°.- Declarar desierto el llamado del procedimiento CONTRATACIÓN DIRECTA POREMERGENCIA COVID-19 No 002/2020, por los argumentos expresados en los considerandos de la presente medida.
ARTÍCULO 3o.- Comuníquese a la UNIDAD GABINETE DE ASESORES y a la UNIDAD DE AUDITORIA
INTERNA, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, pase a la
DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES para su intervención y archívese.