CONVOCATORIAS

Préstamos Hipotecarios para Proyectos con Impacto Social del FNA

Ventanilla permanente, abierta todo el año


CERRADA
 Del 8 de febrero de 2019 al 31 de diciembre de 2019.

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¿Qué son?

El Fondo Nacional de las Artes ofrece préstamos hipotecarios para proyectos con impacto social de hasta $2.000.000 para refaccionar o adquirir bienes inmuebles para actividades artísticas con impacto social.


¿Para qué?

Los Préstamos Hipotecarios para Proyectos con Impacto Social tienen como fin la refacción o adquisición de bienes inmuebles en donde se desarrollará una actividad artística con llegada a la comunidad. Es decir, debe tratarse de inmuebles cuyo uso tenga beneficiarios indirectos, como público, espectadores, alumnos, etc. Son ejemplos los centros culturales, talleres-escuelas y teatros.
En el caso de solicitar un Préstamos Hipotecarios para Proyectos con Impacto Social para adquisición, no es necesario que al momento de hacer la presentación se haya definido el inmueble a comprar. A partir de la pre-aprobación del crédito por parte Directorio, el solicitante tendrá 60 días para buscar y presentar la propiedad.

Para evaluar los proyectos, el Directorio tendrá en cuenta de manera prioritaria (aunque no excluyente) tres criterios: el impacto social esperado, la condición de vulnerabilidad de lugar, y las zonas peri-urbanas y peri-rurales donde se pretenda desarrollar y propiciar una mayor actividad cultural.

Amortización: mediante sistema francés y liquidación de cuotas en forma mensual y
consecutiva.

¿Para quiénes?

Los solicitantes podrán ser:

Cotitular: en caso de que el préstamo sea solicitado por más de una persona, todos deberán
cumplir con las condiciones artísticas y/ o culturales definidas por las normas precedentemente mencionadas. Cuando el préstamo sea solicitado por más de una persona, se deberá designar un representante ante el FNA a los efectos de realizar todos los trámites operativos y administrativos para la gestión del crédito. El representante deberá ser unos de los cotitulares.

Codeudor: el solicitante del préstamo podrá presentar a fin de sumar ingresos netos para determinar su capacidad de pago a padres, hermanos, hijos, convivientes y/o cualquier otra persona, quienes asumirán el carácter de codeudor solidario, liso, llano y principal pagador del préstamo y sin beneficio de excusión y división del crédito. El titular deberá justificar como mínimo capacidad de pago del 20% del monto del crédito.

Garantía: hipotecaria

¿Cómo participar?

Para descargar bases y condiciones y los formularios para aplicar, ingresá acá