TRÁMITES Y SERVICIOS

Franquicia para la compra o importación de obras de arte

Publicado por: Dirección Nacional de Bienes y Sitios Culturales el
Las obras de arte originales, los objetos de colección y las antigüedades, para su circulación internacional, gozan de exenciones de los derechos de aduana o franquicias con la finalidad de favorecer el intercambio artístico-cultural entre las naciones.

Las obras de arte originales gozan de una franquicia del 50% sobre el IVA con la finalidad de favorecer el mercado de obras de arte y a nuestros artistas.

En este sentido, la declaración jurada de aplicación de franquicia es el instrumento que permite optar por el beneficio dispuesto por el Decreto N° 279/1997.

¿Qué necesito antes de iniciar el trámite?

Tiene que contar con CUIL o CUIT y clave fiscal nivel 2 o superior o ser usuario registrado en la página Mi Argentina.

Factura o declaración jurada de valor de la/s obra/s digitalizada,

Datos precisos de la/s obra/s. (Autor, tipo de objeto, técnicas de producción, materiales, dimensiones expresadas en centímetros, su valor de mercado y la moneda)

Imágenes de la/s obra/s. Las imágenes deben contar con un número identificador que luego tendrá que colocar al momento de completar los datos en el formulario del bien (Foto número (correspondiente al número de la imagen que subirá)

Recomendamos que ese número sea colocado previamente sobre la imagen. También se recomienda, para el caso de 2 o más imágenes, preparar un documento de WORD (con 2 imágenes por hoja como máximo) con todas las imágenes en orden e indicando debajo de cada una el número de foto correspondiente a los formularios y al momento de adjuntar las imágenes sube este documento de Word, previamente preparado, con todas la imágenes juntas.

¿Cómo se consigue?

La franquicia puede solicitarse  por internet a través de la página de Trámites a Distancia, ingresando a la misma mediante la opción AFIP con CUIL o CUIT y clave fiscal nivel 2 o superior, o con usuario registrado en la página MI ARGENTINA.

Una vez que haya ingresado a Trámites a Distancia, el buscador le permite encontrar el trámite deseado a través de las siguientes palabras clave: “obras de arte”.

El buscador encontrará 6 resultados a su búsqueda, y de ese listado deberá seleccionar “Obras de Arte / Aplicación de franquicia – Decreto N° 279/97 (modificado por el decreto N|1044/98)” haciendo click en INICIAR TRAMITE.

Luego de iniciar el trámite se le pedirá que complete la información necesaria para obtener el documento deseado, la página le indicará cuál información es obligatoria.

El primero de los formularios obligatorios a completar le solicitará el país de procedencia de la obra de arte, cantidad de bienes, el motivo -si es una importación o una compra en el mercado local- el valor total y en qué moneda está expresado (el valor debe coincidir con la factura o con la declaración jurada de valor que tendrá que adjuntar más adelante en esta solicitud).

El segundo formulario obligatorio a completar se llama “Detalle Bienes Culturales por Autor” y le solicitará datos del autor y de la/s obra/s de arte.

Se utilizará un formulario por autor y si existe más de una obra de un mismo autor, al completar el formulario para declarar varias obras de un mismo autor, debe clickear el signo más (+) color azul que aparece justo después de los datos del autor.

Los próximos pasos obligatorios son adjuntar una imagen de cada obra de arte y la factura o declaración jurada de valor.

Por último, deberá clickear en CONFIRMAR TRAMITE

Luego de haber confirmado el trámite se le notificará a través de la misma página la emisión de su franquicia en el término de dos días hábiles administrativos salvo que se le notifique la necesidad de realizar subsanaciones sobre la solicitud.

Se recomienda anotar el número de expediente, descargar toda la documentación electrónica oficial a su ordenador e imprimirla. Esta es la documentación que presentará ante AFIP para hacer efectiva la aplicación de la franquicia para obra de arte.

Consultas: [email protected]